Resumen. El presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo 444 para mitigar el impacto de los cortes de luz en Ecuador. La medida permite que bancos y casas comerciales difieran pagos de hasta 90 días sin cargos adicionales. También obliga a las empresas de internet a ofrecer compensaciones y facilidades de pago a los usuarios afectados. El objetivo es apoyar a las familias y reducir las pérdidas económicas ocasionadas por la crisis eléctrica.
El 5 de noviembre de 2024, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 444, que establece medidas de alivio económico para mitigar las pérdidas causadas por los cortes de luz en Ecuador. Este decreto autoriza a bancos, entidades financieras y casas comerciales a ofrecer un diferimiento temporal de hasta 90 días en las deudas de los clientes, brindando apoyo económico a las familias afectadas por la crisis.
Fuente: Metro Ecuador
La medida garantiza que no se aplicarán cobros adicionales como intereses, moratorias, recargos ni multas a los beneficiarios, según un comunicado de la Presidencia. El diferimiento podrá ser solicitado por los clientes o, de forma proactiva, por las entidades financieras, siempre con la aceptación del deudor. La Junta de Política y Regulación Financiera emitirá la normativa correspondiente. Además, se ordena a los proveedores de internet ofrecer compensaciones y facilidades de pago a sus usuarios debido a los efectos del estiaje, que ha generado cortes de luz masivos, afectando las centrales hidroeléctricas que abastecen el 72% de la electricidad en el país.