Por Redacción OnData
Resumen. Desde el 29 de julio de 2025, el Servicio Nacional de Aduana (Senae) exige el Formulario de Registro Aduanero (FRA) de forma obligatoria solo para viajeros o tripulantes que ingresen o salgan de Ecuador con dinero en efectivo, joyas u otros bienes por un valor igual o superior a los $10.000 o su equivalente. El formulario debe completarse en línea hasta tres días antes del viaje.
Desde el 29 de julio de 2025, todos los viajeros y tripulantes que ingresen o salgan de Ecuador deberán completar de forma obligatoria el Formulario de Registro Aduanero (FRA) digital, como parte de una nueva normativa del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae). La medida, contemplada en la Ley de Prevención, Detección y Combate del Lavado de Activos, aplica en aeropuertos, terminales terrestres y puertos marítimos, y busca modernizar los controles aduaneros y evitar evasión fiscal.
Este requisito digital ya existía desde diciembre de 2024, pero a partir del 29 de julio se convierte en obligatorio para quienes transporten bienes tributables o dinero en efectivo igual o superior a $10.000, incluyendo instrumentos negociables como cheques, bonos, metales o joyas. Senae aclara que no todos los viajeros están obligados; solo quienes lleven esos montos o bienes declarables deben llenar el FRA.
🔵 Noticias Oromar | Este 29 de julio de 2025 entró en vigencia el formulario de Registro Aduanero, un requisito obligatorio para viajeros con bienes sujetos a declaración, por un valor igual o superior a los 10.000 dólares.
— Oromartv (@oromartv) July 30, 2025
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El proceso se realiza completamente en línea desde la plataforma oficial de Aduana (www.aduana.gob.ec), sección “Servicio al ciudadano” > “Para viajeros” > “Formulario de Registro Aduanero”. Es necesario crear una cuenta con identificación, ingresar datos personales y del itinerario de viaje, declarar si se transporta valores o bienes sujetos a declaración, y generar un código QR que se presentará en control aduanero. Se recomienda llenarlo hasta tres días antes del viaje, aunque también puede completarse el mismo día del traslado.
Quienes incumplan esta obligación podrían enfrentar sanciones económicas de hasta el 30 % del valor no declarado y la posible retención de bienes; en casos graves, se podrían derivar acciones penales. Esta medida fortalece el combate al lavado de activos, moderniza los controles fronterizos y refleja el compromiso del Estado ecuatoriano con la transparencia fiscal y seguridad financiera.
📌Fuente: Teleamazonas.