Por Redacción OnData
Resumen. El SRI recategorizó a cerca de 14.000 contribuyentes del Rimpe Negocio Popular que en 2025 superaron ingresos de $20.000 y pasaron a Rimpe-Emprendedor. Además, unos 56.000 fueron incluidos en el régimen general. Los cambios implican nuevas obligaciones tributarias desde 2026, como declarar impuestos y gravar ventas con IVA, según corresponda.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) recategorizó a miles de contribuyentes del Rimpe al inicio de 2026, modificando su régimen tributario y, con ello, sus obligaciones fiscales. Según la entidad, alrededor de 14.000 contribuyentes que estaban registrados como Rimpe – Negocio Popular pasaron a la categoría de Rimpe – Emprendedor, luego de que en 2025 sus ingresos anuales superaran los $20.000, límite establecido para mantenerse en el segmento anterior.
La recategorización no se limitó a este grupo. El SRI informó que unos 56.000 contribuyentes que permanecieron más de tres años en el régimen Rimpe – Emprendedor o que registraron un aumento significativo de ingresos fueron trasladados al régimen general. Este cambio implica un mayor nivel de formalidad tributaria y una estructura de cumplimiento distinta a la que tenían previamente.
Con el nuevo régimen llegan también nuevas obligaciones tributarias. Entre las principales, los contribuyentes deberán gravar sus ventas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) conforme a la tarifa aplicable y presentar declaraciones de impuestos dentro de los plazos establecidos, ya sea de forma mensual o semestral, dependiendo de su actividad económica y del régimen asignado.
Para verificar si fue recategorizado, el SRI recomienda ingresar a su página oficial, acceder a SRI en línea con usuario, clave y número de RUC, y revisar la sección “Certificados”, donde se detalla el régimen tributario vigente para 2026. Esta consulta es clave para evitar errores en declaraciones y posibles sanciones por incumplimiento.
📌Fuente: Primicias.